PREGUNTAS FRECUENTES- LA LEGALIZACIÓN DE UNA OBRA EXISTENTE.

¿Es posible legalizar una vivienda que ya existe? ¿Qué ocurriría si quisiera vender/alquilar o dejar en herencia a mi familia una vivienda que no está legalmente inscrita en el Registro de la Propiedad?

Como ya hemos dicho muchas veces, las construcciones necesitan estar legalizadas SIEMPRE. Pero la realidad es que todavía hay construcciones sin estar inscritas en el Registro de la propiedad.

Os respondemos a algunas de las preguntas que soléis hacernos sobre este tema:

1.- Para qué se necesita este trámite?:

Con este trámite el propietario se convertirá ante el registro de la propiedad y mediante escritura notarial, en propietario real y legal del inmueble existente , que tendrá carácter de Obra Nueva.

2.- ¿Qué ocurre si nunca legalizo la situación de mi inmueble?

La propiedad seguirá teniendo su estado físico inicial con que figura inscrita en el Registro de la Propiedad.

Si has realizado obras o construcciones en ella, estas no figuran y por tanto no existiría ante los distintos organismos.

Esto puede suponer un problema a la hora de venderla, tasarla o dejarla en herencia a tus familiares, que la recibirían en el estado inicial que figura en el Registro de la Propiedad.

3.- ¿Qué beneficios me aporta una vez legalizada la construcción o vivienda?

Una vez legalizada la construcción en el Registro de la Propiedad, su propietario queda reconocido legalmente y puede acreditar su propiedad ante cualquier persona, organismo, entidad o administración que lo requiera.

4.- ¿Cuándo la voy a necesitar?:

Las construcciones necesitan estar legalizadas siempre. Pero es indispensable su legalización como Obra Nueva para las compraventas, donaciones y herencias. Así como en trámites de cambio en el suministro de luz, agua o gas.

5.- ¿Cuáles son los pasos para conseguirla?

Un técnico competente (arquitecto) realiza un reconocimiento de la construcción existente y realiza un certificado de mediciones y características. Con este certificado se acude al Notario, que realizará la Escritura de Propiedad de la Obra Nueva existente y que finalmente inscribiremos en el Registro de la propiedad.

6.- ¿Cuál es el precio?

El coste total de los trámites va en función de las características, complejidad y dimensiones de la construcción a legalizar.

No dudéis en seguir consultando las dudas que tengáis sobre este tema u otros que os puedan precupar. Tenemos una amplia gama de servicios técnicos.

Estaremos encantados de atenderos.

 

Decania Arquitectura
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